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lunes, 14 de abril de 2014

RECOMIENDA DELEGACIÓN DEL IMSS MICHOACÁN TRAMITAR VIGENCIA DE DERECHOS SI VA A VIAJAR EN VACACIONES

La constancia de vigencia de derechos es un documento que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) expide a solicitud del interesado, cuando éste o sus beneficiarios se ausentan temporalmente de su lugar de residencia.

Lo anterior, para que en caso de requerir atención médica se le pueda otorgar en la circunscripción foránea, como es el caso en estas fechas vacacionales, pues las familias toman su periodo fuera de su residencia habitual y accidentalmente pudieran llegar a requerir la atención médica en otro hospital de alguna otra delegación del IMSS en el país.

El otorgamiento de los servicios médicos al portador de la constancia, quedará condicionado al criterio médico de la Unidad a la que recurra, suministrándose de acuerdo a la urgencia y en función del estado del paciente.

De acuerdo con Carlos Ramírez Ramírez, jefe delegacional de Afiliación y Cobranza del IMSS en Michoacán, comentó que la constancia tendrá una vigencia de hasta 56 días posteriores a la fecha de su  expedición.

Así, cuando se expide una constancia a un asegurado que se encuentra dentro de la conservación de derechos que maneja el artículo 109 de la Ley del Seguro Social, en dicha constancia se anotará como plazo de vencimiento la fecha en que corresponda a la conservación de derechos.



Dentro de los requisitos para solicitar la constancia, basta con que el asegurado se presente en la Unidad de Medicina Familia (UMF) que le corresponda, presentando un documento oficial de identificación como puede ser credencial para votar, Cartilla del Servicio Militar Nacional, pasaporte vigente o cédula profesional y también algún documento que contenga su número de seguridad social.

Esta solicitud se puede tramitar en las Unidades de Medicina Familiar con turno matutino, de 8 de la mañana a las dos de la tarde, y en aquellas unidades que tienen turno matutino y vespertino, de las 8 de la mañana a las 7:30 horas de la noche, de lunes a viernes, pues son los días hábiles para el Instituto.

De esta manera, concluyó, la vigencia de derechos le permitirá a cualquier trabajador y sus beneficiarios, en caso de algún accidente, ser atendido en cualquier lugar del país, pero fuera de su residencia, en los servicios de urgencias, de manera más oportuna y expedita, sin necesidad de pérdidas de tiempo en la consulta dentro del sistema con el número de seguridad social, puesto que la presentación del documento mencionado, determina precisamente la vigencia de derechos del trabajador y su familia, asegurada y dada de alta en la unidad correspondiente.

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